La tramitación de la liquidación e inscripción a la que hay que someter todas las compraventas, las puedes realizar tu mismo o llevarlo a una gestoría. Las referidas en este párrafo se refieren a la Comunidad de Navarra. Una vez recogidas las escrituras de compraventa de la notaría, deberás hacer lo siguiente:
1º) IR A HACIENDA:
Si tu finca está ubicada en Navarra debes de ir a C/ Abejeras nº7-9 de Pamplona y cumplimentar la CARTA DE PAGO de autoliquidación del IMPUESTO DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES (I.T.P.) y liquidar en su sucursal bancaria el importe resultante en la carta de pago. Por último debes llevar de nuevo las escrituras, con la copia simple de las mismas que te aportará la notaría y las Cartas de Pago liquidadas del impuesto I.T.P., a la misma sede de Hacienda. Para efectuar este paso tienes, en el caso de Navarra, un PLAZO MÁXIMO DE DOS MESES desde la fecha de firma de la escritura.
2º) Ir al DEPARTAMENTO DE PLUSVALÍA MUNICIPAL:
Si tu finca está en Pamplona, debes ir a su ayuntamiento(C/ Mercado nº11- 3º de Pamplona) con una fotocopia de la escritura y tu D.N.I. De este modo se realizará el nuevo asiento a su nombre en el Catastro del Gobierno de Navarra. Para este trámite el Ayuntamiento de Pamplona da un PLAZO MÁXIMO DE UN MES desde la fecha de firma de la escritura. Si tu finca está en otra población, consúltalo en su propio ayuntamiento.
3º) IR AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD:
Posteriormente deberás llevar las escrituras con la carta de pago de la liquidación del I.T.P. debidamente selladas por Hacienda al REGISTRO DE LA PROPIEDAD al que corresponda tu finca. Este último trámite no tiene plazo ya que no es obligatorio pero sí es muy aconsejable.
Si quieres localizar el registro a donde debes acudir,
pincha en la imagen que hay bajo estas lineas:
imprimir página 
volver a la página anterior 
ir a la página de inicio ![]()
envíanos un email 
agregar a favoritos 
Suscríbete a nuestras novedades y ofertas ![]()
Añádenos a tu iGoogle 